EL ARBITRAJE NO ES UN PROCESO CIVIL
La Ley de Arbitraje peruana establece un sistema propio para regular e integrar las actuaciones arbitrales, sin reconocer al Código Procesal Civil como norma supletoria. El artículo 34.3 remite, ante la ausencia de una regla aplicable, a los principios, usos y costumbres arbitrales. El arbitraje, por tanto, debe ser comprendido desde sus propias fuentes y no como una prolongación del proceso civil.
Leer más